Jorge Ikeda
El lunes 5 de octubre de 2020 fui al gimnasio que se encuentra en el Centro Comercial Averanda en motocicleta, y al llegar al área designada para estacionar las motocicletas había un guardia de seguridad privada recabando los datos de los motociclistas. Cuando solicitó mi nombre exigí que me mostrara su aviso de privacidad, a lo que la oficial respondió pidiendo apoyo a su compañero. Al apoyo también le dije que si no me mostraba el aviso de privacidad no le daba mi nombre.
Después de hacer ejercicio e ir al súper a comprar jamón que me encargó mi esposa, llegué a donde estaba la motocicleta y había como 5 guardias dispuestos a encarar al rebelde. De acuerdo con el guardia de seguridad, cuando uno accede al Centro Comercial Averanda en Cuernavaca debe someterse a unas reglas que están por encima de las leyes locales y federales. No hubo forma de hacerlo entrar en razón y me retiré del lugar como infractor de las sacrosantas leyes que regulan el Olimpo.
De acuerdo con la fracción I del artículo 17 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, el aviso de privacidad debe ponerse a disposición de los titulares, en este caso, un servidor, a través de formatos impresos, digitales, visuales, sonoros o cualquier otra tecnología, de la siguiente manera:
“I. Cuando los datos personales hayan sido obtenidos personalmente del titular, el aviso de privacidad deberá ser facilitado en el momento en que se recaba el dato de forma clara y fehaciente, a través de los formatos por los que se recaban, salvo que se hubiera facilitado el aviso con anterioridad”.
En el momento en que el guardia de seguridad recaba un dato personal como mi nombre y si se lo solicito, como es el caso, debe mostrarme el aviso de privacidad para saber cuál será el tratamiento que le darán a mis datos personales, a menos que, ya me hubieran facilitado el aviso con anterioridad.
El articulo 15 de la misma Ley señala que el responsable, en este caso el Centro Comercial Averanda, tiene la obligación de informar a los titulares de los datos, en este caso, los motociclistas, la información que se recaba de ellos y con qué fines, a través del aviso de privacidad.
Otro asunto, mucho más delicado, es el tema de la discriminación. Ante pregunta expresa de que si a los automovilistas les recababan los datos personales, el guardia de seguridad respondió que sólo a los motociclistas.
De acuerdo con el artículo 212 Quater del Código Penal para el Estado de Morelos, se impondrán de uno a tres años de prisión o de 25 a cien días de trabajo en favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días al que por las razones señaladas en el citado artículo realice alguna de las siguientes conductas, y específicamente, el inciso II establece:
“Niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho. Para los efectos de esta fracción, se considera que toda persona tiene derecho a los servicios o prestaciones que se ofrecen al público en general”;
Por lo que tengo derecho al servicio del estacionamiento que se presta al público en general en condiciones de igualdad con los automovilistas, por lo que si al grupo denominado motociclistas, le condicionan el servicio de estacionamiento a cambio de humillarse y mostrar la calidad de pobres motociclistas frente a los ricachones automovilistas, cometen el delito de discriminación. Además, existe el prejuicio de que por ser motociclista ya se está en el conjunto de los delincuentes, cuando es mi derecho decidir si me desplazo en motocicleta, bicicleta, automóvil, por mi propio pie o en burro.
Independientemente de las acciones legales que pudiera ejercer en contra del Centro Comercial Averanda, quise escribir estas líneas para hacer consciente al lector de la importancia de la privacidad y de la necesidad de exigir a la autoridad que se respeten nuestros derechos.
Jorge Ikeda es licenciado en relaciones internacionales por el ITAM, licenciado en derecho por la UNAM, ingeniero en desarrollo de software por la UNAD, maestro en ciencias políticas y sociales por el CIDHEM y doctor en derecho también por el CIDHEM. Es profesor de asignatura en la Universidad La Salle Cuernavaca, A.C.
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