
El Poder del Dinero
¡Derechos Humanos avala uso de fuerza contra plantones!
¿Y la de Morelos qué opina?
Por: Iván Ureña
Los marchistas y los que se oponen radicalmente a que se limite este derecho lo consideran absoluto y lo ponen por encima de cualquier otro, y además argumentan que está garantizado en la constitución en el artículo 6, 7, 8 y si alguno de esos tres deja duda, tienen el 9º “….no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto, a una autoridad” Y por años esa lógica imperó en nuestro país. Este derecho lo ponían por encima, de cualquier otro, sin importar que claramente esos mismos artículos prohibieran el uso de la violencia o la afectación de terceros, o que hubiere otros artículos que consagraran derechos que los marchistas pisotean.
En la elecciones estatales de 1986, en Chihuahua, los panistas protestaron, ante lo que decían era un fraude y la mayoría de los intelectuales independientes de la época así también lo consideraron, la cúpula blanquiazul pidió la anulación. Como media de presión, bloquearon puentes y garitas internacionales. Estaban afectando el derecho a trasladarse, a comerciar y a trabajar de miles de ciudadanos. Los líderes políticos ponían por encima y como absoluto: el derecho a manifestarse. La misma lógica de López Obrador, en el plantón sobre Reforma del 2006 y ahora del CNTE.
En la elección de 1988, fue declarado ganador Salinas de Gortari, aunque para la mayoría de los ciudadanos, indudablemente se alteraron las votaciones. En 1989, en las elecciones para el congreso en el estado de Michoacán, también se presentaron sin número de irregularidades. Los inconformes bloquearon las carreteras, sin permitir el paso de ningún vehículo, se dieron casos de enfermos que eran trasladados en ambulancias para recibir atención médica o para ser operados, pero que murieron porque no se les permitió pasar. Incluso y absurdamente por encima del derecho a la vida: se ponía el derecho a manifestarse.
Un detalle anecdótico que dice mucho.
En 1994 escribía semanalmente en el periódico Excelsior y abordé el tema los derechos de los marchistas en contraposición con el derecho al trabajo y traslado de los otros ciudadanos. El editor de ese entonces me llamó para que reflexionara lo que las encuestas indicaban: el 94% de los ciudadanos rechazaba poner límites a las marchas aún y cuando afectaran a terceros y sólo un marginal 6% consideraba que se deberían reglamentar para evitar afectación. Las comisiones de derechos humanos estatales y la nacional, se inscribían dentro del porcentaje mayoritario. Para mí era claro y lo sigue siendo: el derecho a manifestarse no es absoluto, existen otros que también los marchistas deben tolerar y si éstos no lo hacen, la autoridad tiene la obligación de hacer que lo respeten, lo cual plasmé en el artículo titulado «Los Manifestantes Exigen sus Derechos, y los Míos ¿Dónde quedan?»
Publicación 1994
A casi 20 años, la Ley no ha cambiando, pero sí el sentir de la población
Según la encuesta realizada el 29 de agosto de este año por Gabinete de Comunicación Estratégica (GCE), el 58% de los mexicanos reprueba las marchas del CNTE e incluso sólo un marginal 8.8% piensa que en ningún momento debe usarse la fuerza pública para evitar que afecten a terceros. En 19 años, lo que era una clara mayoría se transformó en una pequeña minoría: y concomitante al cambió de opinión de la población, vino el de las comisiones de derechos humanos.
La CNDH
El ombudsman nacional, Raúl Plascencia Villanueva, informó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) inició una investigación por lo que calificó como omisiones del Gobierno del Distrito Federal ante las marchas, movilizaciones y agresiones de los maestros de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación.
“Una cosa es manifestarse públicamente y otra que se cometan delitos, la autoridad debe de actuar y aplicar la ley como la mejor medida para que estos hechos no se sigan repitiendo”
“La CNDH pretende así evitar omisiones de la autoridad que susciten daños a las personas y sus bienes; obstrucción a la libertad de tránsito”
La CDHDF
Por su parte la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), en un hecho sin precedentes, y a través de un comunicado resaltó que los derechos de manifestación y protesta no son derechos absolutos. «tienen una limitante prevista en la ley cuando se trata de proteger los derechos y libertades de la ciudadanía en general».
Y remató «La CDHDF no se opone al uso legítimo de la fuerza, por el contrario, ha enfatizado que de ser necesario, deberá emplearse atendiendo en todo momento los principios de racionalidad, congruencia y proporcionalidad».
Qué opinará la CDH de Morelos, sobre las marchas y plantones que tuvieron lugar en el estado la semana pasada, cuya finalidad fue afectar a los ciudadanos y todo indica que seguirán esta semana. ¿Se pondrá a tono con el pronunciamiento que hicieron la nacional y la del D.F. y demandará a las autoridades estatales “proteger los derechos y libertades de la ciudadanía”? o persistirá en la interpretación antigua: El derecho de los plantonistas y marchistas está por encima de cualquier otro. Pronto lo sabremos.
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Premio Nacional de Periodismo 2017. Premio Estatal de Periodismo Morelos 2012, empresario y maestro en Economía por el ITAM. Funcionario en Banobras, Hacienda y Secofi.
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